Solicita tu residencia por arraigo social
El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales para personas que llevan al menos 2 años en España y tienen vínculos familiares en el país o pueden acreditar integración mediante un informe de integración social emitido por la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento de su domicilio habitual. Además, conlleva autorización de trabajo por cuenta ajena o propia durante su vigencia.
Si llevas tiempo en España y quieres regularizar tu situación, solicitar el arraigo social es una opción sólida. También puedes valorar otras vías como el arraigo familiar, o arraigo sociolaboral según tu caso.
Todo lo que te explico aquí es oficial por parte del estado Español.
Requisitos para solicitar el arraigo social
Para tramitar el arraigo social es necesario cumplir con una serie de requisitos:
Residencia continuada en España:
- Haber permanecido al menos 2 años en el país.
- Las salidas al extranjero no pueden superar 90 días en total durante ese periodo.
Situación administrativa y antecedentes:
- No ser ciudadano/a de la UE, EEE o Suiza, ni familiar al que le aplique el régimen comunitario.
- No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas residido en los últimos 5 años.
- No figurar como rechazable en convenios internacionales.
- No estar dentro de un compromiso de no retorno.
- No ser solicitante de protección internacional en el momento de la solicitud ni durante su tramitación.
Opción A – Con vínculos familiares:
- Tener vínculos familiares con extranjeros residentes legales en España (cónyuge o pareja registrada, padre/madre o hijos en primer grado).
- Acreditar medios económicos suficientes, que deben alcanzar el 200% del IPREM:
- 100% por parte del familiar con residencia legal.
- 100% por parte del solicitante.
- Los medios deben estar disponibles en España.
- Si proceden de actividad por cuenta propia, se aplican los requisitos del artículo 84 del Reglamento.
Opción B – Sin vínculos familiares:
- Presentar un informe de integración social favorable, emitido por la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento del lugar de residencia.
- Este informe debe emitirse en un plazo máximo de 1 mes desde su solicitud.
- Tiene una validez de 6 meses.
Documentación necesaria
Al presentar tu solicitud de residencia por arraigo social, deberás aportar la siguiente documentación:
- Modelo EX-10 cumplimentado y firmado.
- Pasaporte/título de viaje/cédula en vigor (copia completa).
- Prueba de permanencia continuada 2 años (preferentemente documentos de Administraciones públicas: empadronamiento, atenciones sanitarias, etc.).
- Certificado de antecedentes penales de los últimos 5 años de los países donde residiste.
- Vínculos familiares (certificados de matrimonio/pareja registrada, nacimiento, etc.) o informe de integración social.
- Medios de vida:
- 200% IPREM (medios disponibles en España); o, si proceden de actividad propia, documentación según art. 84 (licencias, declaraciones responsables, situación de trámites, cualificación/homologación, inversión y empleo, etc.).
- Posible exención de medios si el informe de integración así lo recomienda (aportando soporte de manutención).
- Traducciones por traductor/a jurado y legalización/apostilla cuando corresponda.
Cómo tramitar el arraigo social paso a paso
El trámite de arraigo social se realiza en la Oficina de Extranjería de la provincia donde resides. Estos son los pasos principales:
- Reúne la documentación.
- Presenta la solicitud:
- Presencial en tu Oficina de Extranjería, o
- Telemática vía Mercurio (sede electrónica).
- Tasa: Modelo 790-052 (epígrafe 2.3.1) dentro de los 10 días hábiles posteriores a la admisión a trámite.
- Resolución: hasta 3 meses (si no hay notificación, se considera denegado).
- TIE: con la concesión, solicita tu Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de 1 mes.
- Vigencia y trabajo: la autorización incluye trabajo por cuenta propia y ajena sin límites de ámbito u ocupación durante su vigencia.
Duración, renovación y conversiones posibles
- La autorización de arraigo social dura 1 año (las prórrogas también son anuales).
- La prórroga está condicionada a seguir cumpliendo requisitos y a acreditar búsqueda activa de empleo con inscripción en el SEPE.
- Alternativamente, puedes modificar a una residencia y trabajo inicial si ya cumples los requisitos del artículo 191 (mejora de estabilidad).
¿Por qué contar con mi ayuda en tu proceso?
El arraigo social es un trámite complejo para quienes no están familiarizados con la normativa de extranjería en España. Muchas solicitudes son denegadas por errores en la documentación, plazos vencidos o falta de requisitos formales.
Como abogada especialista en extranjería, puedo acompañarte en todo el proceso:
- Reviso tu situación personal para confirmar que cumples los requisitos.
- Preparo y ordeno toda la documentación.
- Presento tu solicitud de forma correcta para evitar errores.
- Te asesoro en caso de requerimientos o incidencias.
De esta manera, tendrás la tranquilidad de que tu solicitud de arraigo social se tramita de forma ágil, segura y con mayores garantías de éxito.
Preguntas frecuentes sobre el arraigo social
El arraigo social se basa en la permanencia en España durante al menos 2 años y en los vínculos familiares o la integración social si no tienes familiares ni contrato de trabajo, pero si medios económicos propios. El sociolaboral, en cambio, exige tener una oferta de trabajo, bien de 20h o 40h semanales.
No. Los vínculos familiares válidos deben ser con extranjeros que ya cuenten con residencia legal en España.
Se puede recurrir la denegación o presentar documentación alternativa que justifique tu integración en la sociedad española.
Sí. Se aceptan diferentes pruebas siempre que, en conjunto, alcancen el nivel exigido por la normativa (200% del IPREM, salvo exenciones).
Sí. El tiempo de residencia legal obtenido por arraigo social se computa para la solicitud de la nacionalidad, siempre que se cumplan los demás requisitos legales.
Mientras mantengas residencia legal, podrás modificar tu autorización a otro tipo de residencia o trabajo, incluso aunque varíen tus circunstancias iniciales.